lunes, 4 de abril de 2011

**CONSEJOS DE MI PARTE PARA EL MATRIMONIO**

Primero que nada cuando uno va proponer matrimonio hay que estar muy seguros de que en verdad se van a casar enamorados por que despues ya vienen las consecuencias y dudas, eso es muy importante mas la relacion y confianza que se tenga la pareja, yo nunca me he casado pero por lo que veo es algo muy bonito compartir tu felicidad con la persona que amas.

Por otra parte hay que saber la responsabilidad que se lleva para contraer  un matrimonio por que luego hay muchas personas que se casan nadamas por que si y asi pero nunca se ponen a pensar que sus vidas van hacer muy distintas que las de antes, mas los que se casan jovenes pero eso ya es mas comun cuandoo la mujer sale embarazada.

y mi consejo para todas las personas pues es que el matrimonio es muy bonito pero hay que saber como hacerlo bonito sobre todo el respeto, confianza, fidelidad, etc. ya cada quien sabra que tipo de matrimonio yevara en su vida privada y si en verdad van a contraer un matrimonio aganlo por amor no por interes y ha los que ya estan casados si ven que en algo estan fallando hay que hablarlo para que se entiendan bien con su pareja  y pues a todos les deseo toda la felicidad del mundo y hay que hecharle ganas al matrimonio para to0d0s aquellos que se van a contraer uno y a los que ya lo tienen :)

ATTE.
LIC. ANA VICTORIA RODRIGUEZ ZUÑIGA

martes, 29 de marzo de 2011

**AUTORIDAD PARA CELEBRAR AL MATRIMONIO CIVIL**

El matrimonio se celebrará ante uno cualquiera de los siguientes funcionarios: Primera Autoridad Civil de la Parroquia o Municipio, Presidente de la Junta Comunal, Juez de la Parroquia o Municipio, Jefe Civil del Distrito o Presidente del Concejo Municipal. Cuando el funcionario natural esté impedido, presenciará el matrimonio el que haga sus veces u otro funcionario de la misma jurisdicción de los facultados por este artículo, haciéndose constar en el acta el impedimento.
Los Presidentes de Estado y Gobernadores de los Territorios Federales, deberán facultar a personas idóneas para autorizar todas las diligencias relativas al matrimonio y su celebración, si los contrayentes residen en campos, caseríos, vecindarios y otros lugares alejados de los centros urbanos.
En todos los casos, el acto se verificará en presencia de dos testigos, y quien lo autorice deberá estar asistido de su Secretario, si lo tuviere, o de uno que nombrare al efecto.

**REQUISITOS PARA MATRIMONIOS**

Requisitos Matrimonio Civil

  • Cédula de Identidad
  • Copia Certificada del acta de nacimiento de los interesados y copia
  • Carta de Soltería
  • Fijación de Carteles
Si algunos de los novios es divorciado.
  • Copia certificada de la Sentencia de Divorcio
  • Si tiene hijos menores de edad bajo su patria potestad deben hacer la curatela (documento que protege los bienes físicos y legales del niño. Debe ser redactado por un abogado y dirigido a los tribunales de
    Protección del Niño, Niña y Adolescente)
  • Si es extranjero, debe presentar documento justificativo de soltería y de legalidad el país, realizado por un abogado y notariado.

Requisitos Matrimonio Eclesiastico
  • Acta de Matrimonio Civil
  • Fotocopia de la cédula de los contrayentes
  • Fotocopia de la cédula de identidad de los Padrinos.
  • Certificado de Bautismo.
  • Certificado de la Primera comunión.
  • Certificado del cursillo Prematrimonial.

Requisitos Matrimonio Civil
  • Dos testigos venezolanos con cédula de identidad original y una (1) fotocopia
  • Cédula de  identidad y fotocopia del interesado
  • Carta de la Asociación de vecinos

sábado, 26 de marzo de 2011

**TIPOS DE MATRIMONIO**

LEY DE LEVIRATO: es un tipo de matrimonio en el que la mujer se casa con uno de los hermanos de su marido a la muerte de éste, si no ha tenido hijos, para continuar la línea sucesoria y la descendencia familiar, "hermano del marido".

MATRIMONIO ABIERTO: Una relación abierta o matrimonio abierto es una relación, union libre o matrimonio  respectivamente, donde ambas partes acuerdan tener permiso para tener relaciones sexuales fuera de la pareja,  sin considerar esto como una infedelidad sexual.


MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO: es el reconocimiento jurídico que regula la relación y convivencia de dos personas del mismo sexo, con iguales requisitos y efectos que los existentes para los matrimonios entre personas de distinto sexo. El matrimonio  entre personas del mismo sexo, en los países en que se ha aprobado hasta ahora, se ha establecido legalmente mediante la extensión de la institución ya existente del matrimonio a aquellos formados por personas del mismo sexo. Se mantienen la naturaleza, los requisitos y los efectos que el ordenamiento jurídico venía reconociendo previamente a los matrimonios.


MATRIMONIO MORGANATICO: es la unión realizada entre dos personas de rango social desigual (por ejemplo: entre príncipe y condesa o entre noble y plebeyo), en el cual se previene que el cónyuge y cualquier hijo de dicha unión herede u obtenga los títulos, privilegios y propiedades del noble. Es conocido como "matrimonio de la mano izquierda" porque en este tipo de matrimonio el novio sostiene la mano derecha de la novia con su extremidad izquierda cuando lo normal es hacerlo al revés.

MATRIMONIO RELIGIOSO es como una unión cuya estructura esencial viene exigida por los dogmas de la religión a la que pertenecen los contrayentes, y no por la naturaleza humana común para todo ser humano.

MATRIMONIO SORORAL:  es una práctica que consiste en la unión matrimonial de un hombre con todo un conjunto de hermanas, o bien, con la hermana de su esposa legítima.

MATRIMONIO DE CONVIVENCIA: Es aquel casamiento  fraudulento que se produce fundamentalmente para obtener beneficios jurídicos, económicos o sociales, sin que exista un vínculo sentimental intenso entre los contrayentes. A veces también recibe el nombre de matrimonio blanco (calco de la expresión francesa mariage blanc), por la carencia de relaciones sexuales en ellos.











UNION LIBRE: es uno de los varios términos usados para un estado civil similar al matrimonio, creados típicamente para permitir el acceso de las parejas homosexualesa las ventajas gozadas por las parejas heterosexuales casadas. En algunos lugares, las uniones civiles están también disponible para los heterosexuales que no desean formalizar su relación en un matrimonio. Estas uniones heterosexuales reciben el nombre legal de unión libre.



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sábado, 19 de marzo de 2011

**CONCEPTO DE MATRIMONIO**

El matrimonio es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres. El matrimonio establece entre los cónyuges —y en muchos casos también entre las familias de origen de éstos— una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, que varían, dependiendo de cada sociedad. De igual manera, la unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados de sus miembros, según las reglas del sistema de parentesco vigente.